lunes, 20 de mayo de 2013

Proyecto Normativa de los Sellos Oficiales del Consejo Comunal El Rincon


PROYECTO NORMATIVA DE LOS SELLOS OFICIALES DEL 
CONSEJO COMUNAL EL RINCÓN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Por mas de tres años el Consejo Comunal El Rincón a realizado una gestión de planificación, ejecución y articulación con las instituciones publicas del estado municipal, estadal y nacional, ejerciendo el control social interno comunitario y el externo, bajo un sello creado para uso general, ante esta circunstancia hemos visto la dificultad que trae utilizar un único sello para todo oficio emanado de las instancias que conforma la estructura orgánica del Consejo Comunal. La presente normativa se trae con motivo de definir las políticas de usos por parte de los integrantes responsable de su resguardo, así como su implementación a efecto de ejercer fuerza a documento simple, cuyo uso se a puesto en manifiesto, lo delicado que pudiera ser el sello del consejo comunal, eso debiéndose por las diferentes atribuciones que se le a entregado por el ordenamiento jurídico vigente, dando carácter de poder publico a todo los oficios emanados por esta instancias de agregación comunal.
Se hace indispensable reglamentar el uso, disposición y resguardo de los sellos oficiales del Consejo Comunal El Rincón cuyo ordenamiento que se trae para su aprobación tiene por objeto “regular su uso, características, forma, contenido y todo lo relacionado al sello oficial del Consejo Comunal El Rincón y a sus instancias la Unidad Ejecutiva, la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y la Unidad de Contraloría Social, en el marco de las atribuciones definidas en la Ley Orgánica de los Consejos Comunales” no siendo aplicable esta normativa a los Comité de Trabajos cuyo instancias independiente están en la capacidad de obtener o no un sello propio, ello de esto no significa su apartado a las políticas de articulación de la comunidad cuyo marco obligas a los comités articularse en la Unidad Ejecutiva y con ello deberá tener el sello oficial de dicha unidad a efectos de representar la comunidad.
La presente normativa crea el sello oficial del Consejo Comunal El Rincón, con toda la identificación jurídica correspondiente, también se crea los sellos oficiales de la Unidad Ejecutiva, la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y la Unidad de Controlaría Social con la identificación de registro ministerial siendo necesaria por el valor legal, así como los usos y la autorización. Está normativa se estructura en catorce artículos.
A continuación se presenta el articulado respectivo de la presente norma:
NORMATIVA DE LOS SELLOS OFICIALES DEL CONSEJO
COMUNAL EL RINCÓN
Articulo 1.- La presente normativa tiene por objeto regular el uso, características, forma, contenido y todo lo relacionado a los sellos oficiales del Consejo Comunal El Rincón, así como los de su estructura orgánica, es decir la Unidad Ejecutiva, la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y la Unidad de Contraloría Social de conformidad a la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, no siendo aplicable a los Comités de Trabajos.
Artículo 2.- Se establece el uso de un sello ovalado, que se empleara para validar y/o certificar las comunicaciones y demás documentos oficiales emitidos o acordados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas o el Colectivo de Coordinación Comunitaria el cual tendrá las siguientes medidas: cuatro centímetros (4,0 cm) de diámetro menor y cinco centímetros con cinco milímetros (5,5 cm) de diámetro mayor empleando letra tipo Tahoma número once (11).
Articulo 3.- Se establece el uso de un sello redondo, que se empleara para validar y/o certificar las comunicaciones y demás documentos oficiales emitidos por la Unidad Ejecutiva así como la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y la Unidad de Controlaría Social del Consejo Comunal, y tendrá cuatro centímetros (4,0 cm) de diámetro, empleara letra tipo Tahoma a excepción de las inscripción para la identificación de las Unidades que será de letra tipo Times New Román, todo de número ocho (8).
Artículo 4.- El sello ovalado tendrá el siguiente contenido: El Escudo de la Comunidad al Centro; en la parte superior y de forma arqueada, la inscripción “ REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA” e inmediatamente debajo de la anterior inscripción y de forma arqueada la inscripción “Estado Carabobo” y debajo de esta y también de forma arqueada la inscripción “Municipio Naguanagua”; en la parte inferior, en forma lineal la inscripción “CONSEJO COMUNAL”,  y así sucesivamente debajo de esta inscripción  en negrilla, la inscripción “EL RINCÓN”, debajo de esta la inscripción del registro de información fiscal (RIF) de forma lineal “J-29944317-4” e inmediatamente  inferior y arqueada la inscripción del sistema de registro único “SITUR 08-10-01-001-0053. El sello ovalado se colocara entre de la firmas de los voceros y voceras. Nunca para la utilización de este sello tendrá firma individual, deberá ser conjunta y recomendablemente con representación de voceros o voceras de cada unidad
Articulo 5.- El sello redondo de la Unidad Ejecutiva tendrá el siguiente contenido: El Escudo de la Comunidad al centro; en la parte superior y de forma arqueada, la inscripción “REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA” e inmediatamente debajo de la anterior inscripción y de forma arqueada la inscripción “CONSEJO COMUNAL EL RINCON” y debajo de esta y también de forma arqueada la inscripción “SITUR 08-10-01-001-0053”; En la parte inferior y en forma lineal la inscripción “UNIDAD EJECUTIVA” e inmediatamente debajo de esta y en forma arqueada la inscripción “Estado Carabobo – Municipio Naguanagua”. El sello redondo se colocara entre las firmas de los voceros y voceras de esta unidad o en caso tal de firma unipersonal en representación del Comité de Trabajo, se colocara al lado izquierdo de la firma del mismo.
Articulo 6.- El sello redondo de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria tendrá el siguiente contenido: El Escudo de la Comunidad al centro; en la parte superior y de forma arqueada, la inscripción “REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA” e inmediatamente debajo de la anterior inscripción y de forma arqueada la inscripción “CONSEJO COMUNAL EL RINCON” y debajo de esta y también de forma arqueada la inscripción “SITUR 08-10-01-001-0053”; En la parte inferior y en forma arqueada la inscripción “UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA COMUNITARIA” e inmediatamente debajo de esta y en forma arqueada la inscripción “Estado Carabobo – Municipio Naguanagua”. El sello redondo se colocara entre las firmas de los voceros y voceras de esta unidad.
Articulo 7.- El sello redondo de la Unidad de Contraloría Social tendrá el siguiente contenido: El Escudo de la Comunidad al centro; en la parte superior y de forma arqueada, la inscripción “REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA” e inmediatamente debajo de la anterior inscripción y de forma arqueada la inscripción “CONSEJO COMUNAL EL RINCON” y debajo de esta y también de forma arqueada la inscripción “SITUR 08-10-01-001-0053”; En la parte inferior y en forma arqueada la inscripción “UNIDAD DE CONTRALORÍA SOCIAL” e inmediatamente debajo de esta y en forma arqueada la inscripción “Estado Carabobo – Municipio Naguanagua”. El sello redondo se colocara entre las firmas de los voceros y voceras de esta unidad.
Articulo 8.- Para el uso del sello ovalado y los sellos redondos únicamente se utilizaran tinta negra; para cualquier otro sello de las dependencias estructurales distintas a las orgánicas se utilizara tinta azul.
Artículo 9.- A partir de la entrada en vigencia de la presente normativa se establece un lapso de diez días hábiles las cuales se deben emitir los nuevos sellos a cada instancias y se procederá a levantar el acta de la utilización de los nuevos sellos y la desincorporación de los ya existentes, debiéndose estampar los dos sellos en el mismo acta para su presentación a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Los sellos sustituidos quedaran sin efecto con la firma del acta aquí dispuesta y serán destruida en un lapso de veinte días contados a partir de la fecha de su desincorporación.
Articulo 10.- En caso de la perdida o hurto de cualquier sello, los voceros o voceras representantes o el que tenga en resguardo el sello deberá de inmediato notificar al Colectivo de Coordinación Comunitaria, así como las autoridades competente con el fin de anularlo y comenzar con las investigaciones pertinentes. Tal responsabilidad, en caso de perdidas de los sellos oficiales del Consejo Comunal El Rincón corresponde a los representantes legales o a quienes hayan delegados dicho resguardos.
Articulo 11.- Los sellos húmedos estarán bajo la responsabilidad de los representantes legales del Consejo Comunal o a quienes ellos deleguen bajo acta y no podrá emplearse sino en asunto de carácter oficial y por decisiones de los mismo cuerpo que conforma las estructura del consejo comunal. Las falsificaciones y el uso indebido acarrearan sanciones de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
Artículo 12.- Los voceros o voceras representantes legales serán los responsables de velar por el cumplimiento de la presente normativa.
Disposiciones Finales
Articulo 13.- Lo no previsto sobre la materia en esta Normativa será regulado por resoluciones de las unidades, de acuerdo a la decisiones emanada por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanos.
Artículo 14.- El presente Normativa entrara en vigencia una vez publicado en gaceta comunitaria de la Comunidad El Rincón. 

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8 comentarios :

  1. Buen día..Puede una coord del CLAP (sin ser vocera)negarse a sellar oficios a una comunidad o devolver el sello porque este vencido el CC

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  2. El CC Fundación Valencia II periodo 2019-2021. Solicita asesoría sobre modelos de sellos. Gracias por su atención.
    Atentamente.
    Narciso Ochoa
    Comisión electoral.

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  3. Saludos!!! Tengo una duda quienes tendran el resguardo de dicho sello de la unidad ejecutiva?

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  4. Pregunta quién debe tener el sello

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    Respuestas
    1. Quien debe tener el sello en el consejo comunal ? La unidad ejecutiva ( el principal que sacó más votos en uno de los comité ) ? Contraloría o finanzas ?

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  5. En caso de que un vocero vocal tenga el sello y no quiere entregar a las voceria principal que se debe hacer?

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